dimarts, 2 de novembre del 2010

Catalunya otorga rango de autoridad a los directores de los colegios públicos

¨Podrán fichar, despedir y multar a los maestros.
Tendrán presunción de veracidad, como los policías.
Alquilarán instalaciones y reducirán sueldos por faltas injustificadas.
ENCUESTA: ¿Deben tener los directores rango de autoridad pública?

02.11.2010 Todo el poder para los directores de la escuela pública. O casi todo. Podrán contratar maestros, despedirlos e, incluso, sancionarlos con menos sueldo por infracciones leves. Además, los espacios del centro se podrán alquilar para obtener más recursos. El Gobierno catalán ha aprobado este martes el decreto que lo hace posible y que entrará en vigor a los 20 días de publicarse en Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya.

Lo hará en contra de los sindicatos de docentes que creen que la educación se mercantilitzaLo hará en contra de los sindicatos de docentes que creen que la educación se mercantilitza y las decisiones serán más autoritarias. Las centrales convocaron cuatro huelgas en el sector contra la Ley de Educación.

Más poderes

Autoridad pública: Al igual que un policía, el testimonio de un director tendrá presunción de veracidad. Hará falta probar lo contrario para desmentirlo.

El director podrá abrir un expediente sobre infracciones gravesImpuntualidad: Podrán sancionar las faltas leves de los maestros y resolverán las faltas de asistencia o de puntualidad no justificadas, que implicarán la pérdida proporcional del sueldo. Con su autoridad, el director podrá abrir un expediente sobre infracciones graves, que será resuelto, finalmente, por el Departamento de Educación.

Evaluados: Una comisión los elegirá entre quienes se presenten con un proyecto de dirección. A los cuatro años serán examinados: no seguirán si no han cumplido.

Personal docente

¿Cuántos maestros necesito?: El director propondrá a Educación la plantilla que necesita para llevar adelante el proyecto educativo en su centro. Si se opone, la Generalitat deberá explicar por qué no le otorga el personal necesario. El director también dictaminará los especialistas que necesita el centro (hasta ahora lo hacía la Administración).

El director también dictaminará los especialistas que necesita el centroNo todos funcionarios: En algunas plazas se pedirán requisitos extras (inglés para poder impartir Medio Natural en esta lengua, por ejemplo). Otras se resolverán por méritos y una entrevista. Un tercer grupo, extraordinario pero clave para lograr el proyecto del centro, será de libre designación y cese. El decreto no aclara qué porcentaje máximo de plantilla pueden sumar los tres perfiles citados. El director seleccionará directamente sustitutos de la bolsa de interinos para cubrir bajas.

Cargos de refuerzo: Además del secretario y el jefe de estudios, se podrán contratar cargos especiales (por ejemplo, para tratar la inmigración en los centros donde haga falta), que, asimismo, podrán ser destituidos.

Gestores económicos

Alquiler: El decreto plasma por escrito lo que se hace en la práctica en algunos casos: se pueden alquilar espacios para obtener dinero o materiales adicionales, siempre que no se altere la vida del centro. En Primaria, tendrán que dar el visto bueno los ayuntamientos.

Otras fuentes: Los directores disponen de la partida presupuestaria que les asigna el Departamento de Educación

1 comentari:

  1. Jo no estic gaire d'acord amb aquesta nova proposta ja que qui t'assegura que el director sigui un bon professional i no es basi en la seva subjectivitat.
    Es pot basar en problemes personals que tingui amb un mestre per fer-lo fora. S'hauria de poder permetre sancionar al director si cal amb la unió de tot el professorat. Jo crec que això serà un caos ja que molts directors s'aprofitaran d'aquest poder quasi absolut

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